Instituto de Formación Docente Continua de El Bolsón
Despacho del Consejo Directivo Nº 1/ 2009
Vista:
La Ley N°. 2288, que en su Anexo1, Artículo 1º le otorga al Consejo Directivo la responsabilidad del gobierno del Instituto, y en su Artículo 6º, incisos o) y q) le hace responsable de “Considerar el informe anual de actividades académico-administrativas presentado por el Director y Elevar al Consejo Provincial de Educación los programas y planes de trabajo”;
Y considerando:
Que han comenzado las obras de construcción del edificio destinado al funcionamiento del Instituto de Formación Docente Continua de El Bolsón;
Que se ha estipulado un plazo mínimo de 18 meses para la finalización de las obras;
Que la finalización de dichas obras significará la posibilidad de desarrollar las tareas que se le confían en condiciones apropiadas, luego de más de 20 años de un funcionamiento institucional en espacios precarios, transitorios e insuficientes para cumplir cabalmente con sus tareas;
Que el IFDC de El Bolsón es el único instituto de la provincia que no funciona en un edificio propio;
Que las mencionadas condiciones edilicias de funcionamiento han condicionado fuertemente el desarrollo institucional, debiendo desestimar por dicha razón, en más de una oportunidad, la implementación de nuevas carreras;
Que el IFDC de El Bolsón es el único instituto de la provincia que dicta una sola carrera de nivel superior;
EL CONSEJO DIRECTIVO SOLICITA LA DIRECCIÓN DE NIVEL SUPERIOR QUE:
1) DISPONGA de los medios a su alcance para el diseño, aprobación e implementación de nuevas carreras de formación docente que se correspondan con el aprovechamiento del nuevo edificio, en función de las necesidades de la Provincia de Río Negro y de la comunidad de la Comarca Andina del Paralelo 42º;
2) CONSIDERE y DÉ PRONTO DESPACHO a las propuestas emanadas del Instituto de El Bolsón para la adecuación de la oferta formativa de la institución a las posibilidades que brinde la nueva infraestructura;
3) BRINDE asesoramiento técnico y administrativo para lo solicitado en el punto 1);
4) PROVEA el personal docente, administrativo y operativo necesario para atender las nuevas dimensiones de la institución.
El Bolsón, 12 de agosto de 2009
Claustro de docentes:
Claustro de graduados:
Claustro de estudiantes: